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viernes, noviembre 15, 2024

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Sobreseimiento en el caso de presunta prevaricación administrativa en Olmedo

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Medina del Campo ha dictado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa contra César de Andrea González, Gema Aguado Pérez, Pedro Luis Conde Rodríguez y Alfonso Centeno Trigos, quienes estaban siendo investigados por presuntos delitos de prevaricación administrativa y tráfico de influencias en el Ayuntamiento de Olmedo.

El caso se originó tras una denuncia presentada por la Fiscalía Provincial de Valladolid y la Asociación Vecinal Impulsa Olmedo, en la que se alegaba que, durante la construcción de una vivienda unifamiliar en la calle Calvo Sotelo de Olmedo, se habrían otorgado tratos de favor al promotor de la obra, Pedro Luis Conde Rodríguez, debido a su relación con el alcalde de Olmedo, Alfonso Centeno Trigos.

Según la denuncia, la tasa por ocupación de la vía pública, que inicialmente fue fijada en 26.151,84 euros, habría sido reducida injustificadamente a 19.701,84 euros, y la liquidación se habría emitido a nombre del constructor, Mariano Lorenzo Molpeceres, en lugar de Pedro Luis Conde Rodríguez, quien era el verdadero promotor de la obra. Asimismo, se señalaba que el Ayuntamiento no había gestionado adecuadamente la tramitación del expediente.

Sin embargo, tras la instrucción del caso, el Juzgado concluyó que no existían pruebas suficientes para sostener las acusaciones. En su auto, la jueza Marta Campo Gonzalo argumenta que no se ha acreditado la existencia de una relación de amistad o laboral que pudiera haber influido en las decisiones administrativas. Además, se estableció que la reducción de la tasa fue resultado de un error material corregido por los técnicos municipales y no de una actuación arbitraria del alcalde.

La resolución también destaca que la cuestión de quién debía ser el sujeto pasivo de la tasa es una cuestión administrativa y no penal, y que el retraso en la tramitación del expediente se debió a rotaciones en los cargos de Secretaría y Vicesecretaría del Ayuntamiento, sin que se haya demostrado una intención de favorecer a los acusados.

Por tanto, el Juzgado ha ordenado el archivo del caso al considerar que no hay elementos que objetiven la imputación de delito alguno. Las partes interesadas tienen un plazo de tres días para interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación, o de cinco días para presentar recurso de apelación directamente.

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