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Información publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid – 13 de agosto de 2018
Se establecen en la presente disposición las normas que rigen el desarrollo de los encierros mixtos y subsiguientes capeas que se celebran al estilo tradicional en Medina del Campo los días 2, 4, 6 y 8 de septiembre y en las que se definen las especialidades al régimen general del Decreto 14/1.999, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de Castilla y León Primera. Definición, naturaleza y características del festejo tradicional- Se denomina festejo tradicional de Medina del Campo, el encierro mixto y posterior capea que se celebrarán con las siguientes condiciones:
El encierro mixto: formado por un grupo de reses bravas, novillos, machos, despuntados
en número de seis, arropadas por similar número de cabestros (reses mansas adiestradas
para tal fin), que teniendo su salida a las 9 de la mañana previamente establecida de los
corrales, es dirigida por profesionales contratados a tal efecto hasta las calles de la villa y
de allí hasta la Plaza de Toros donde tendrá lugar la capea, pudiendo ser acompañados a
pie, a caballo o en vehículo a motor debidamente autorizados e identificados o formando
parte del personal autorizado.
Los festejos tradicionales se celebrarán los días 2, 4, 6 y 8 de septiembre. Tendrán su comienzo a las 9 de la mañana tras el aviso a la población mediante el disparo de 3 bombas de mortero (la primera a las 8.55, la segunda a las 8.58 y la tercera a las 09.00 horas). En los encierros tradicionales de Medina del Campo participarán 6 novillos, machos, despuntados así como un número similar de cabestros. Los novillos de cada encierro deberán formar parte de la misma ganadería, procurándose que sean ganaderías de 1ª. No se podrá repetir ganado de distintas ganaderías y además se procurará que en cada encierro el ganado forme parte de un encaste diferente. La capea se iniciará, al finalizar el encierro mixto, en la Plaza de Toros.
Segunda.- De los participantes de los encierros.- Los participantes en los encierros tradicionales serán las siguientes personas:
1.-El Presidente del Encierro. Es el máximo responsable de todo el encierro, él marcará
laspautas a seguir, tanto al encargado del campo como a los garrochistas, caballistas,
servicios de emergencia, los encargados de tranquilizar y/o inmovilizar a las reses, etc. De
igual manera se reunirá con los responsables para marcar itinerarios y paradas del
encierro.
2.-El Caporal. Tiene la consideración de director técnico del encierro conforme lo
establecidoen el Decreto 14/1999 que aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos
Populares de la Comunidad de Castilla y León.
3.-El Director de Campo. Será la persona encargada de dirigir la conducción del
ganadodesde el corral hasta las calles de Medina del Campo. Sus funciones son las
establecidas en el Decreto 14/1999 que aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos
Populares de la Comunidad de Castilla y León.
4.-Caballistas. Son aquellas personas que participan voluntariamente a caballo en elencierro disfrutando del mismo y ayudando a conducir las reses campo a través. Todos
los caballistas que deseen participar en los encierros mixtos al estilo tradicional de la villa
deberán obtener previamente la correspondiente autorización municipal. La autorización se
solicitará en el Ayuntamiento de Medina del Campo en la forma y plazo que se harán
públicos mediante bando de la Alcaldía. La autorización que otorgue el Ayuntamiento,
previa consulta con las asociaciones medinenses de caballistas, deberá ser retirada por
los interesados en las oficinas municipales y será necesaria para acceder a la zona de
encierros. Podrán ser garrochistas o participantes sin garrocha
4.1.-Garrochistas. Son aquellos caballistas que llevan pica o garrocha. Deberán
estarautorizados por el Ayuntamiento y debidamente identificados a través de los medios
que el Ayuntamiento establezca anualmente. Tienen la obligación de arrear al ganado por
el lado exterior, nunca apoyados en la valla del lado izquierdo. Nunca lo podrán hacer antes
de llegar a la bandera blanca. En cualquier caso, la garrocha o pica deberá observar las
siguientes normas:
Que la utilización de la misma sea para el manejo del ganado y/o defensa de la
cabalgadura, nunca para hostigar o lacerar a las reses.
-Que la puya o punta nunca sobrepase 1,5 cm. de largo y 0,5 cm. de grueso, medido en la
base de la virola.
4.2.-Caballistas sin garrocha. Deberán acompañar al encierro por los laterales de la
mismay nunca entorpeciendo el trabajo de los encerradores. A la hora de la salida de los
corrales estos estarán situados por delante de los corrales a una distancia no inferior a
300 metros.
5.-Director de lidia. Se trata de un profesional taurino que cumpla con los requisitos
y funciones que, para tal fin, establece el Decreto 14/1999 que aprueba el Reglamento de
Espectáculos Taurinos Populares de Castilla y León
6.-Colaboradores voluntarios. Son aquellas personas que están habilitadas como tales entre aficionados cualificados con conocimiento y aptitud suficiente para desarrollar las funciones que se les encomienden por el delegado de la autoridad en coordinación con el caporal, el director de campo y el director de lidia. En los encierros mixtos al estilo tradicional de Medina del Campo los colaboradores voluntarios pueden ser vaqueros, pastores o informadores y colaboradores.
6.1.-Vaqueros o encerradores. Son los caballistas contratados a tal fin para llevar el encierro hasta el recorrido y que están subordinados a las órdenes del director de campo
y del caporal.
6.2.-Pastores. Son las personas encargadas de conducir la manada desde la entrada
alencierro “embudo” hasta la Plaza de Toros
7.-Informadores y colaboradores. Son aquellas personas designadas a tal fin por el Ayuntamiento con el objetivo de informar y colaborar sobre el desarrollo del encierro
mixto al estilo tradicional.
8.-Delegado de la autoridad.- Se nombrará un Delegado de la autoridad cuya naturaleza y funciones serán las que establezca el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de Castilla y León. En cualquier caso el Ayuntamiento propondrá al Delegado de la autoridad de entre los miembros del Cuerpo de Policía Local. Cualquier referencia que en la Ordenanza Municipal reguladora de los Tradicionales Encierros Taurinos de Medina del Campo se haga a la figura del “delegado gubernativo” se entenderá sustituida por la de “delegado de la autoridad”.
Tercera. Identificación de los participantes.- Los participantes en los encierros irán debidamente identificados. El director de campo y el director de lidia irá identificado con un brazalete verde de color vivo y una camiseta de color verde; los vaqueros y los pastores irán identificados con un brazalete rojo de color vivo y una camiseta de color morado; los informadores y colaboradores a coche irán identificados con una placa expedida por el Ayuntamiento que deberán colocar en lugar bien visible.
Cuarta. Recorrido y señalización. Desarrollo del encierro
4.1. Recorrido del encierro. El recorrido del encierro mixto al estilo tradicional de la villa
será el siguiente: Inicio: se iniciará en los corrales situados en el campo. Desde allí serán conducidos hasta la zona del Embudo. Recorrido de campo: está constituido por la parte del recorrido que discurre entre la salida de los corrales y el embudo El “Embudo”: se trata del punto en el que se une el recorrido de campo con el recorrido de calle Recorrido urbano: se trata de las calles que forman parte del encierro en su tramo urbano y que unen el campo con la Plaza de Toros Plaza de Toros. Es el tramo final. El ganado es encerrado en los corrales situados en la Plaza de Toros para dar inicio a la capea o probadilla.
4.2.Señalización. El recorrido del encierro mixto al estilo tradicional de la villa estará
señalizado de la siguiente manera: Zona de recorrido campero: esta zona es el camino natural por el que ha de discurrir el total del encierro (reses y acompañantes). Dicha zona comprenderá una franja de aproximadamente 100 metros de ancho debidamente señalizado con banderas de color rojo.
Zona de seguridad: es la zona comprendida entre la zona de recorrido y la zona de expansión o reconducción. Se establecen dos franjas, una por cada lado de la manada de aproximadamente 200 metros. Esta zona quedará restringida a los servicios de seguridad
municipal y guardia civil. Los observadores debidamente autorizados (prensa, radio y
televisión, solamente se dará un permiso al conductor y acreditaciones a los profesionales
o personas acreditadas por los medios) no podrán en ningún caso rebasar dichas franjas
manteniendo despejado el horizonte del encierro. La zona estará señalizada con banderas
de color amarillo.
Zona de expansión y reconducción: De forma cautelar y a fin de poder reconducir, tranquilizar o inmovilizar la res o reses que eventualmente abandonarán las zonas de recorrido y seguridad, se delimitará esta zona en unos límites aproximados de 400 metros por ambos lados de la línea de recorrido. El “Embudo”. Estará señalizado con una bandera de color blanco a partir de la cual el directorde campo y los encerrados podrán iniciar las actuaciones para encerrar las reses.
4.3.Desarrollo del encierro. El desarrollo de los encierros mixtos al estilo tradicional de la
villase efectuará de la siguiente manera: El encierro empezará a las 9 de la mañana después de los disparos de 3 bombas de mortero conforme lo establecido en la base 2. Después de esto el Caporal dará la orden de apertura del corral y se procederá a la salida de las reses. Tras la suelta y una vez controlada la manada, se procederá a la conducción de la misma en dirección a las calles de la villa, atendiendo la orientación establecida en las tres zonas señaladas en las bases cuarta y quinta.
La marcha del encierro mixto al estilo tradicional de la villa tendrá lugar atendiendo en todo
caso las indicaciones del director de campo y sus colaboradores. Se procurará que el discurrir de la marcha sea “al paso”. El embudo es la zona donde, en condiciones normales, se modifica la marcha del encierro hasta ese momento “al paso” por un galope controlado que da inicio al recorrido urbano. Al llegar al embudo deberá estar señalado el lugar donde se arrea el ganado; la identificación será un poste con bandera blanca. Con el fin de encerrar el encierro se cerrará con talanqueras desde uno de los lados de la calle Logroño hasta casi la “caseta de Bruno”. El recorrido urbano es el reservado para corredores de a pie. El discurrir de las reses y los mozos se hará atendiendo a que en el recorrido urbano se dispondrá de colaboradores para cubrir el recorrido cada 300 metros.
La llegada a la plaza de toros es el paso del ganado a los corrales. Una vez haya ocurrido esto se procederá a la tradicional capea donde se lidiarán entre 2 y 4 novillos, que no hayan salido en capeas anteriores y que vayan a formar parte de encierros posteriores.
Esta norma solo podrá exceptuarse en el encierro del 8 de septiembre. La finalización del espectáculo se anunciará a la población mediante tres (3) bombas de mortero seguidas.
4.4. Incidencias.- En el caso de salirse alguna res del recorrido del encierro mixto al estilo
tradicional de la villa se alertará a la población de la siguiente manera: Si las reses se hubieran escapado del recorrido del campo se anunciará con toque de campanas hechos de dos en dos, con unos segundos de pausa entre cada grupo y una duración de medio minuto, repitiéndose cada cinco. Cuando el ganado se hubiera evadido por la zona urbana se hará un repique continuo de campanas a lo largo de treinta segundos, repitiéndose cada tres minutos En este último caso la posición de la res se irá marcando a través de la sirena de los vehículos policiales que la acompañaran siempre que sea posible.
Quinta.-Áreas de seguridad: con el fin de reforzar la seguridad de los participantes
yespectadores y sin perjuicio de lo establecido en el art. 6 del Decreto 14/1.999, de 8 de
febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la
Comunidad de Castilla y León así como de buscar una mayor vistosidad del espectáculo
se establece:
1°.-En el área de salida de toros y bueyes de los corrales hacia el recorrido de campo, al
inicio de los encierros, se delimitará por la organización una zona en la que no podrán
permanecer ni espectadores ni corredores, ni ningún tipo de vehículo, salvo los de motor
específicamente autorizados para el buen desarrollo del espectáculo, así como tampoco
otro tipo de objetos como andamios, grúas, plataformas de televisión, que obstaculicen o
pueden asustar a caballos o astados.
2o.-De igual manera la organización establecerá un área de seguridad en la zona conocida
como «el embudo», en concreto en el punto de finalización del recorrido de campo e inicio
del recorrido de calle donde estará prohibido la permanencia de todo tipo de personas y
vehículos, salvo los de motor específicamente autorizados para el buen desarrollo del
espectáculo, as, como de objetos que pueden obstaculizar o asustar a los astados en un
recorrido de entrada y a los caballos en sus maniobras de conducción o evasión.
Sexta.-Condiciones médico-sanitarias del encierro tradicional. Para el correcto desarrollo
del festejo tradicional (encierro mixto y capea) el Ayuntamiento de Medina del Campo
establecerá una serie de condiciones médico sanitarias que serán las siguientes:
-Como en el festejo tradicional sólo pueden participar novillos despuntados el equipo
médico estará formado por un médico que será el jefe del equipo, un médico ayudante y
dos ayudantes técnico sanitario o diplomado universitario en enfermería (uno estará en el
recorrido urbano y otro en la Plaza de Toros).
Se contará con las siguientes ambulancias. Una UVI móvil situada en la Plaza de Toros;
personal de asistencia y 2 ambulancias asistenciales en el recorrido urbano, así como
personal de asistencia y 1 ambulancia asistencial en el recorrido de campo. Además como
puntos sanitarios se encuentran el Hospital, el Centro de Salud Urbano y el Centro de
Salud Rural.
Séptima. Régimen sancionador- Se aplicará a cualquier vulneración de lo dispuesto en
estaordenanza el régimen sancionador previsto en el Decreto 14/1999 de 8 de febrero por
el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de Castilla y León.
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