Familia e Igualdad de Oportunidades destina 310.000 euros para fomentar la igualdad de oportunidades y conciliar la vida familiar y laboral en el marco del Programa IOEmpresas

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Redacción.- El programa IOEmpresas nace para dar respuesta a las necesidades que evidencian los datos de la mujer en el ámbito laboral, así como para poner en valor que la igualdad de género es importante para el desarrollo, al ser parte de la denominada “economía inteligente”. A través de él, se ofrece al sector empresarial una serie de servicios y ayudas económicas para la implantación de medidas y planes de igualdad.
Puesto en marcha por la Junta de Castilla y León en septiembre de 2015, el Programa IOEmpresas está cofinanciado por el Fondo Social Europeo (Programa Operativo 2014-2020) con una tasa de cofinanciación del 50 % y se convoca en régimen de concurrencia competitiva. Son subvencionables las actuaciones realizadas durante el año 2020 que se encuadren dentro del fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Castilla y León. Desde su puesta en marcha, 390 empresas y entidades de la Comunidad se han beneficiado de las líneas de subvenciones de este programa.
Estructura del Programa IOEmpresas
El Programa se estructura en cuatro áreas: la primera, sobre asesoramiento para la implantación de medidas de igualdad en la empresa o entidad; desde su creación, cerca de 1.000 empresas y entidades han sido asesoradas de manera individualizada; la segunda, sobre información, sensibilización y labores de difusión dirigidas al tejido empresarial de Castilla y León; desde la creación del programa se han dado respuesta a casi 50.000 consultas y se han realizado casi 1.000 sesiones de sensibilización en las nueve provincias. Principalmente, las empresas solicitan estos servicios, a través de correo electrónico, (más del 63 % de marzo a julio de este año), frente a las llamadas telefónicas (33,78 % en el mismo periodo); la tercera, sobre formación a trabajadores de las empresas y entidades en materia de Igualdad de género; se han beneficiado de esta formación más de 3.100 trabajadores de empresas y entidades de Castilla y León; y la cuarte, líneas de ayudas a empresas y entidades para impulsar la igualdad real entre trabajadores y trabajadoras. En la actualidad, se está trabajando en la creación, adaptación y alimentación de una Base de Datos de buenas prácticas en igualdad en la empresa, diseñada de modo que permite realizar filtros y búsquedas para obtener datos sobre acciones realizadas y la consecución de objetivos.
Actuaciones subvencionables
Aunque este año se han unificado ambas líneas en la convocatoria, cada una cuenta con un crédito específico. Así, para las acciones de igualdad se destinan 190.000 euros, mientras que para las de conciliación serán 120.000. Dentro de la línea sobre planes y acciones de igualdad, serán subvencionables aquellas acciones que  promuevan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral través de la implantación de planes y acciones de igualdad, como el plan de igualdad de la empresa, acordado con la representación legal de la plantilla, en empresas que no estén obligadas por ley a disponer del plan de igualdad; realizar estudios diagnósticos de la situación de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa; acciones que promuevan una mayor igualdad de oportunidades en el acceso a cualquier puesto de trabajo dentro de la organización y que mejoren la situación de la mujer en la empresa a través de la revisión de la clasificación profesional, igualdad en materia retributiva, tipología de contrato…; actuaciones dirigidas a prevenir el acoso sexual y por razón de sexo, así como a establecer protocolos de actuación referidos a los mismos; las dirigidas a implantar un uso inclusivo del lenguaje en la comunicación interna y externa y a promover una publicidad no discriminatoria y exenta de estereotipos de género; actuaciones dirigidas a la formación específica para mujeres que les permita ocupar puestos de mayor responsabilidad o acceder a puestos de trabajo en los que la presencia de la mujer es minoritaria, y acciones que favorezcan la presencia de las mujeres en áreas y niveles en los que estén subrepresentadas; y actuaciones de formación y sensibilización en igualdad de oportunidades y no discriminación entre mujeres y hombres, dirigidas al personal de la entidad.
Por lo que respecta a la línea sobre conciliación de la vida personal, laboral y familiar, serán subvencionables acciones como la realización de estudios diagnósticos de la situación de la conciliación de la vida familiar y laboral en la empresa; de formación, información y sensibilización dirigidas a la plantilla sobre la conciliación de la vida familiar y laboral; la incorporación de sistemas de trabajo y desarrollo de nuevas tecnologías que permitan la implementación de medidas de conciliación; y acciones para impulsar que los hombres de la plantilla se acojan a las medidas de conciliación de la empresa. También la implantación de flexibilidad horaria, de al menos una hora, en las horas de entrada y salida del centro de trabajo, de la jornada de trabajo continúa, de finalización de la jornada antes de las 18:00 horas, implantación de sistemas de compensación de días y/o horas, de jornada intensiva o flexible algún día de la semana, de jornada intensiva en periodos coincidentes con las vacaciones escolares, permisos especiales en casos de necesidades familiares, implantación de teletrabajo, de jornadas semanales comprimidas que posibiliten flexibilizar el reparto de horas diarias, y la adaptación horaria que se haya solicitado por parte de las trabajadoras y trabajadores más allá de lo exigido por Ley. Por el contrario, no serán subvencionables las medidas derivadas de la aplicación de los mínimos establecidos en la legislación laboral o en convenios colectivos.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las empresas, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes y personas físicas empleadoras que realicen alguna de las acciones subvencionables descritas en el resuelvo segundo en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
La cuantía máxima de la subvención a conceder será de 12.500 euros, cuando el proyecto aprobado incluye al menos una acción de la Línea 1 de la base Tercera, como al menos una acción de la Línea 2 del resuelvo segundo, mientras que será de hasta 10.000 euros si el proyecto aprobado incluye al menos una de las acciones recogidas en la Línea 1 sobre planes y acciones de igualdad del resuelvo segundo; y hasta 2.500 euros si el proyecto aprobado incluye al menos una de las acciones recogidas en la Línea 2 sobre conciliación de la vida personal, laboral y familiar del resuelvo segundo.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León de 7 de agosto de 2020.