Educación destina hasta un millón de euros a las becas Erasmus para universitarios de Castilla y León en el curso 2019-2020

0

Redacción.- La Consejería de Educación considera oportuno apoyar la movilidad de los estudiantes universitarios castellanos y leoneses, concediendo una ayuda económica a los que hayan sido beneficiarios de las becas del Programa Erasmus+, de movilidad con fines de estudios. De este modo, la Administración educativa autonómica recuperó hace dos cursos el complemento autonómico de las becas Erasmus y este año realiza la tercera convocatoria, dando cumplimiento una vez más al Acuerdo alcanzado en el Consejo del Diálogo Social de Castilla y León.

Estas ayudas, que cuentan con un presupuesto de 700.000 euros, ampliable en 300.000 euros si las circunstancias lo requieren, irán destinadas a complementar la financiación de los gastos de estancia en el país de destino derivados de la participación de los estudiantes de las universidades de Castilla y León en el programa de movilidad anteriormente indicado por una duración mínima de tres meses y máxima de 12, por ciclo de estudios.

Podrán ser beneficiarios los alumnos de las universidades de Castilla y León que, cursando estudios oficiales de educación superior de Grado, Máster o Doctorado, sean beneficiarios de una beca del Programa Erasmus+, de movilidad con fines de estudio. Un programa que permite la movilidad de estudiantes en instituciones de educación superior con las que las universidades de Castilla y León tengan firmados los correspondientes acuerdos para el curso académico 2019-2020.

Los interesados en estas ayudas deberán cumplimentar el formulario accesible a través de la sede electrónica de la Administración de Castilla y León  y de la aplicación informática disponible en el Portal de Educación . El plazo de presentación de solicitudes se inicia al día siguiente de la publicación en el Bocyl y finaliza el 10 de enero de 2020.

Las ayudas concedidas son compatibles con el disfrute de cualquier ayuda, subvención, recurso o ingreso concedido por cualquier administración o ente público o privado, nacional o internacional, con la misma finalidad, sin que el importe total subvencionado en ningún caso llegue a superar el importe total de la actividad subvencionada.

Los beneficiarios podrán percibir como anticipo el 50 % del importe de la ayuda concedida en la resolución. El importe restante se abonará una vez se justifique, en los términos previstos en la convocatoria, la duración real de la estancia. La resolución de la convocatoria se producirá en torno al mes de marzo y, en todo caso, antes de los plazos máximos contenidos en esta Orden.