J. Solana.- “Debo estimar y estimo el recurso contenciosoadministrativo presentado por Construcciones y Obras Colomar 2000 S.L. y la Junta de Compensación del sector del suelo urbanizable “Velascálvaro 3” de Medina del Campo contra el Decreto 2011001375 de 29 de junio de 2011, dictado por el Ayuntamiento de Medina del Campo, que resolvía no admitir a trámite la reclamación interpuesta por don Pedro López Moyano, anulando la resolución recurrida”. Así concluye la sentencia 377/12 de 12 de septiembre de 2012, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Valladolid, que estima el caso “Velascálvaro 3”, por el que se reclama al Ayuntamiento 3.892.819 euros en concepto de responsabilidad patrimonial.
Los hechos se remontan a un decreto de Alcaldía de 6 de febrero de 2002, suscrito por el entonces regidor Crescencio Martín Pascual, por el que se aprobó el Proyecto de Urbanización del Sector “Velascálvaro 4”, recibiéndose, tras su ejecución, el vial denominado Calle de Medina Sidonia, construido parcialmente sobre 1.081 metros cuadrados de los terrenos del Sector “Velascálvaro 3”, lo que impidió el desarrollo urbanístico previsto para el mismo y pérdidas económicas para los titulares de las fincas que lo configuran, han provocado que la Junta de Compensación de Propietarios de este último sector y la empresa “Construcciones y Obras Colomar 2010, S.L.” reclamasen al Ayuntamiento, en concepto de “Responsabilidad patrimonial”, 3.892.919 euros, más los intereses legales correspondientes.
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