A defender el Partido Judicial
No ha dejado de sorprender la propuesta del Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en lo que afecta a la reestructuración de Partidos Judiciales, ya que, aunque dicha institución sea el órgano supremo de la Judicatura para sus cuestiones internas -y ya tiene corte para debatir sobre ellas-, la competencia de dirimir sobre la supresión o creación de partidos judiciales pertenece al Gobierno de España, con lo que se ha producido presumiblemente una ingerencia en un campo en el que el CGPJ nada tiene que decir.
Pero como el Manzanares pasa por Madrid, el CGPJ se han lanzado a proponer una modificación de la Legislación vigente, que contempla la existencia de Partidos Judiciales para la atención de 50.000 habitantes instalados en un radio de 15 kilómetros, para aconsejar que los mismos deban articularse a tenor de un mayor criterio poblacional, concretamente de 100.000 habitantes, a condición de que las cabeceras de comarca tengan Juzgados para la impartición de Justicia a menos de una hora de trayecto.
Dicho en plata, de salir adelante la propuesta del CGPG, Medina dejaría de ser Partido Judicial y los medinenses y comarcanos deberían acudir a Valladolid para cualquier cuestión relacionada con la impartición de Justicia, ya que el resto de competencias podrían ser asumidas por los Ayuntamientos e incluso por los notarios, como es el caso de las bodas, de salir adelante el proyecto ya anunciado por el ministro de Justicia.
Hace ya unos años, el alcalde de la villa, Ignacio Cano de la Fuente, y varios concejales, a los que se sumó el ministro de Justicia, Fernando Ledesma Ramos, siendo presidente del Gobierno don Felipe González, se jugaron el tipo para mantener los servicios judiciales, que bien pudieron desaparecer por falta de espacio. Para enmendar tal situación, el Ayuntamiento cometió una de las grandes infracciones urbanísticas de la época, aspaventada y denostada por algunos en el Congreso de los Diputados, al autorizar la anómala construcción de los actuales Juzgados para evitar la pérdida en la villa de un servicio fundamental como es el de Justicia.
A tenor de todo ello, Medina no puede permanecer inerme sino que tiene que defender, con uñas y dientes, su categoría de Partido Judicial. Además, de desaparecer el mismo, también se evaporaría el denominado “Distrito electoral”, con lo que, a efectos de Diputación -guste o no guste tal Administración-, Medina y su comarca quedarían subordinadas a los dictados de Valladolid. Y eso no puede ser, aunque sólo sea por dignidad. Además, si recurrir una sentencia va a suponer el pago de una tasa, no se añada ya en Primera Instancia gastos de desplazamiento porque la Justicia es un Derecho Constitucional.
LA VOZ DE MEDINA Y COMARCA