Redacción.-La Audiencia Provincial de Valladolid condena como autores de un
delito continuado de estafa, en concurso con un delito continuado de falsificación de tarjetas de crédito y débito, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la
responsabilidad criminal, a la pena, para cada uno de ellos, de un año y nueve meses de prisión por el primer delito y cinco años de prisión por el segundo.
El 25 de febrero de 2017, los acusados y mayores de edad y sin que les consten antecedentes peales que causen reincidencia, instalaron un dispositivo de captación de bandas magnéticas y códigos PIN de tarjetas bancarias (skimming) en el cajero
automático de la oficina 5757 del Banco Popular, sita en la Avenida de Juan Carlos I de la localidad de Medina de Rioseco (Valladolid), obteniendo así los datos de determinadas
tarjetas que, animados por el propósito de conseguir beneficio patrimonial, copiaron en otras tarjetas o soportes con los que efectuaron operaciones no autorizadas, ni conocidas por los titulares de las tarjetas.
Ello ha supuesto un perjuicio para el Banco Popular de 2.350 euros y para el Banco de Santander de 800 euros.
Existe constancia de que, en relación con esos dos ataques referidos (el de 25 de febrero y el de 14 de octubre de 2017), clonaron tarjetas bancarias de otros titulares de cuentas
vinculadas con la oficina 5757 del Banco Popular de Medina de Rioseco, con las que se realizaron extracciones o se intentaron, tanto en las fechas de 26 y 27 de febrero de 2017,
como en las fechas de 16, 17 y 18 de octubre de ese mismo año, si bien aquellos no denunciaron y no reclaman indemnización.