Disciplina o conciencia
Con motivo de la Proposición No de Ley sobre el aborto, España entera ha visto hasta dónde son capaces de llegar algunos partidos políticos a la hora de imponer la llamada disciplina de voto, emanada de la orden áspera de sus cúpulas directivas, en detrimento de la emisión del sufragio en conciencia de los parlamentarios.
La cuestión no es nueva en España, ni en su Parlamento ni en sus Ayuntamientos, ya que atrás quedan aquellos años, por muchos olvidados aunque no lejanos, en los que en las Casas Consistoriales se aprobaban Mociones de apoyo a la guerra de Irak o de condena a los atentados del 11-M, imputando los mismos a la terrible banda terrorista vasca cuando ya se sabía sobradamente que, en tal caso, nada tenía que ver, por intereses electorales. Como reverso de la moneda, pónganse las Mociones contra la Ley Gallardón que recientemente han proliferado en la Administración Local.
En todos los casos del pasado, tanto remoto como reciente, raras han sido las llamadas “perlas sueltas” que, obviando la disciplina de voto, han emitido su sufragio en conciencia, iniciando así su camino hacia la muerte política, ya que si algo no perdonan los partidos, que es tanto como sus jefes, es que alguien se salte la dichosa disciplina de voto.
Tal es así, y es sólo ejemplo, que si mañana cualquier partido gobernante sometiese a votación en el Parlamento la restauración de la pena de muerte con ánimo de recuperar la misma, la práctica totalidad de los que hoy esgrimen argumentos contra el aborto encontrarían la añagaza justificativa para apoyar la propuesta, obedeciendo las órdenes de las cúpulas. La cuestión no parece de recibo, ya que, seguro, tanto en las filas de la derecha como de la izquierda españolas, tendría que haber quienes se opusieran a tal o quienes apoyasen la propuesta.
Pero no, de nuevo saldría a relucir la disciplina de partido que, quiérase o no, cercena la libertad de conciencia, al haber olvidado los partidos políticos que existen tres posibilidades constitucionales de voto: afirmativo, negativo y abstención, ésta última, temida cuando la ejercen los ciudadanos en cualquier elección y sólo utilizada por los partidos para maquinaciones políticas colectivas.
Concédase a los representantes legales de un pueblo, por parte de los partidos a los que pertenecen, al menos, el derecho a la abstención que tienen quienes los sentaron en cualquier foro representativo.
La Voz de Medina y Comarca