Estefanía Galeote.- El Juzgado Contencioso-Administrativo número uno de Valladolid, mediante una Diligencia de Ordenación, “tiene por recibido” el recurso interpuesto por el director de la Asesoría Nova de Medina del Campo, Antonio Pérez, “contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la petición efectuada al Ayuntamiento de Medina del Campo en fecha 6 de agosto de 2010”, acordando “requerir con carácter urgente” al Ayuntamiento “el expediente, acompañado de los informes y datos que estime procedentes”.
Según se explica en las alegaciones del recurso presentado, y tal y como se publicó en este semanario el 18 de septiembre, el seis de agosto Pérez presentó en el Registro del Ayuntamiento un escrito en el que solicitaba “que se respetase el artículo 58 de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León”. Según explicó Pérez en su día, que esta Ley sólo exige que se presente una instancia de comunicación de inicio de actividad y que se pague una tasa fiscal y, afirmó que el Ayuntamiento de Medina del Campo pide hasta seis documentos más “obligando a los nuevos emprendedores a incurrir en costes elevados y retrasos a la hora de iniciar la actividad, de forma injusta y extralegal por la vía de hecho”, aseguró el director de la asesoría.
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